Ya fueron revelados los días oficiales para que la ciudadanía tome su descanso en 2020; durante al año también hay días festivos que no son descanso obligatorio
La Ley Federal de Trabajo anuncia los días oficiales que son de descanso obligatorio para un trabajador en 2020, en caso de lo contrario este día deberá ser pagado al triple. Por otra parte durante al año también hay días festivos que no son descanso obligatorio y el patrón es quien decide si se otorga o no descansar ese día.
Por lo anterior es importante saber que son siete días oficiales de descanso obligatorio, que señala dicha Ley, y que deberán ser respetados por los patrones en este 2020:
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- Miércoles 1 de enero (Año Nuevo).
- Lunes 3 de febrero, (Conmemoración del 5 de febrero, por aniversario de la Constitución Mexicana).
- Lunes 16 Marzo, (conmemoración del 21 de marzo, por el Natalicio de Benito Juárez)
- Viernes 1 de Mayo, (Día del Trabajo).
- Miércoles 16 de Septiembre, (Aniversario de la Independencia de México)
- Lunes 16 de Noviembre, (conmemoración del 20 de noviembre por el 110 aniversario de la Revolución Mexicana)
- 25 de Diciembre, (Navidad)
Por otra parte también los días festivos que no son de descanso obligatorio, los disfrutaran los niños y jóvenes estudiantes, ya que igualmente vienen incluidos en el calendario escolar 2019-2020:
- Lunes 23 de diciembre de 2019 al martes 7 enero del 2020 (vacaciones por fin de año)
- Viernes 31 de enero (junta de Consejo Técnico Escolar (CTE).
- Viernes 13 de marzo, (CTE)
- Lunes 6 de abril a viernes 17 de abril del 2020, (vacaciones por semana santa)
- Lunes 4 de mayo (CTE)
- Martes 5 de mayo (aniversario de la Batalla de Puebla)
- Viernes 15 de mayo (Día del maestro)
- Viernes 5 de junio (CTE)
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El ciclo escolar para el próximo año culminará el 6 de julio, por lo que se agregan nueve días más de suspensión de labores.