El SAT y las propinas ¿Se deben declarar?.
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México.- Si eres mesero, hostess, garrotero, mayordomo o simplemente recibes propinas por el trabajo que de desempeñas, te tenemos noticia que quizá no sabías: debes declarar este ingreso ante el Servicio de Administración Tributaria, (SAT).

Aquí te contamos la posición oficial del SAT al respecto de las propinas si tu recibes un dinero extra por tu trabajo, esto porque el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo señala que las propinas son parte del salario del trabajador.

¿Debo pagar impuestos por recibir tips o propinas en mi trabajo? 

De acuerdo al SAT, considera que las propinas son un ingreso legítimo de los trabajadores. Por lo mismo, deberían pagar su correspondiente Impuesto Sobre la Renta (ISR), según el criterio 43/ISR/N del SAT.

Sin embargo, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) señala que las propinas no están sujetas a retención de Impuesto al Valor Agregado (IVA) por parte del empleador, es decir, aunque son ingresos del trabajador, el patrón no puede retenerlas.

Como conclusión, aquellos trabajadores que reciben propinas deberían incluir estas en sus declaraciones del ISR, para evitar problemas ante Hacienda. Sin embargo, este ingreso no genera IVA.

Idealmente, para evitar problemas con el SAT, se recomienda que los contribuyentes cuenten con los servicios de un contador o contadora.

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